En Desguaces Toledo le gestionamos la recogida y la baja de su coche en la DGT


Baja de Vehículos en la Dirección General de Tráfico (DGT)

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En lo que respecta a trámites de baja en la Dirección General de Tráfico (DGT), existen tres variaciones: trámite de baja definitiva, baja temporal y baja definitiva por exportación.

De las anteriores, debe saber que para tramitar la baja definitiva de su vehículo, no es necesario que acuda a la Jefatura de Tráfico, ya que de este trámite se encarga Desguaces Toledo, a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.).

Trámite de baja definitiva en la DGT

El trámite de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT) solamente puede ser realizada una vez que el vehículo se encuentre en el interior de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.), de acuerdo a la Ley de Tratamiento de Vehículos Fuera de Uso. De esta manera, se asegura la correcta descontaminación de vehículos que han alcanzado el final de su vida útil de acuerdo a la normativa medioambiental vigente, evitando que sean abandonados en la vía pública.

Es por lo expuesto anteriormente que la tramitación de la baja definitiva en la DGT es realizada a través de una empresa especializada en este tipo de gestión o directamente con un desguace autorizado.

Una vez el vehículo se encuentra en posesión de un C.A.T., se le hace entrega al titular el Certificado de Destrucción y se tramita la baja definitiva en Tráfico, recibiendo por correo postal o e-mail el certificado que acredita la baja definitiva del vehículo en la DGT.

Por esta razón no es necesario que el titular del vehículo acuda a la DGT para tramitar la baja definitiva.

Baja temporal en DGT

Para tramitar la baja temporal de un vehículo, debe acudir a las oficinas de la DGT, situadas en C/ Marqués de Mendigorría, 3, C.P. 45071 (Toledo) o Avenida del Príncipe Felipe, 64-66, C.P. 45600 (Talavera de la Reina), con la solicitud en el impreso oficial y cancelar su importe, salvo en caso de sustracción del vehículo.

Deberá presentar, además, la siguiente documentación:

Identificación del interesado:
  • - Personas físicas: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
  • - Personas jurídicas: Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme (modelo aquí).
  • - Menores o incapacitados: Datos firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.

Además, debe saber que la existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.

En caso de tratarse de un vehículo agrícola, deberá aportar un documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

En el caso de haber sido robado, deberá aportar la denuncia de la sustracción del vehículo.

Alta del vehículo en situación de baja temporal

Si lo que necesita es dar de alta un vehículo en situación de baja temporal, deberá presentar en la DGT la solicitud, tasa e identificación del interesado indicando que el vehículo se encuentra en baja temporal.

Junto con ello, deberá aportar:
  • - Tarjeta ITV con el reconocimiento en vigor
  • - Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción (en este caso no se abonará tasa por el alta).
  • - Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  • - Certificado de transportes que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título: si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5
    toneladas
Debe saber que si el titular no presenta el trámite, será necesario presentar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad.

Baja de otros vehículos en la DGT (ciclomotores, motocicletas, vehículos pesados, vehículos especiales, etc.)

Para dar de baja otro tipo de vehículos en Tráfico, como ciclomotores, motocicletas, vehículos pesados, vehículos especiales, etc., podrá presentar la solicitud de baja en el C.A.T. o en la DGT, presentando la documentación relacionada.

En ambos casos la baja no devengará tasa siempre que se aporte el certificado de tratamiento medioambiental o el vehículo tenga una antigüedad de 15 o más años desde su matriculación en España, en caso contrario se abonará una tasa a determinar.

En el caso de ser un vehículo agrícola, se deberá aportar el documento acreditativo de baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Bajas definitivas por traslado del vehículo a otro país

Para hacer este trámite puede gestionarse en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico (DGT).

Para llevarla a cabo, debe presentar la siguiente documentación:

- Solicitud en el impreso oficial

- Tasa de importe a determinar, excepto vehículos de más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España.

- Identificación del interesado:
  • - Personas físicas: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
  • - Personas jurídicas: Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme (modelo aquí).
  • - Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
- Documentación del vehículo: Tarjeta de ITV y permiso de circulación.

Debe saber que la existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, por lo que es necesario cancelarlo previamente.

Además, antes de solicitar la baja del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

En el caso de vehículos agrícolas, deberá aportar el documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Si se trata de una baja por traslado a un país que no pertenece a la Unión Europea, deberá aportar un documento que acredite que se está preparando la exportación legal del vehículo.

Es importante tener en cuenta, además, que si no está presente el titular al momento de tramitar la baja, será necesario llevar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad.

Otros trámites que se puede realizar en la DGT :

- Matriculación de vehículos:

En la Jefatura de Tráfico puede realizar el trámite de matriculación de vehículos de tipo ordinaria, así como también de vehículos históricos, solicitar una nueva matricula o una matrícula turística.

- Cambio de titularidad (compra/venta)

Si se ha vendido o comprado un vehículo ya matriculado, debe efectuar el cambio de titularidad en el Registro de la Dirección General de Tráfico.

- Cambio de domicilio

Si se cambia de domicilio, puede realizar el trámite en su Ayuntamiento o en la Jefatura Provincial de Tráfico. Es gratuito y deberá aportar la siguiente documentación:
  • - Duplicados
  • - Altas y rehabilitación
  • - Permisos temporales
  • - Informe de vehículos